La violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes ocurre cuando son obligades a participar en actos sexuales con el objetivo de conseguir el goce perverso del agresor. Incluye desde manoseos hasta acceso carnal, explotación, pornografía, etc. Existen tres aspectos que resultan útiles para detectar este tipo de delito:
- La asimetría de poder: diferencia de edad, roles, fuerza física y/o de la capacidad de manipulación psicológica del abusador.
- La asimetría de conocimiento: mayores conocimientos que su víctima sobre la sexualidad y las implicancias de un involucramiento sexual.
- La asimetría de gratificación: búsqueda de la propia gratificación sexual, con independencia de los deseos y necesidades de la otra persona.
¿Hay cifras sobre esta problemática?
Una de cada 5 niñas y uno de cada 13 niños sufre abuso sexual en el transcurso de su infancia (Fuente: OMS). En Argentina, cada 1000 abusos que se cometen, se denuncian 100 y sólo 1 recibe condena. (Fuente: Carlos Rozansky, 2003).
El 62% de las víctimas de abuso sexual contra niñas, niños y adolescentesno pidieron ayuda:
- Por recibir amenazas.
- Por miedo a la reacción familiar.
- Por vergüenza.
- Por no poder identificar que se trató de un abuso.
El 16% pidió ayuda y no la recibió porque no le creyeron o minimizaron su relato (Fuente: María Inés Bringiotti).
¿Por qué prescriben los casos de abuso sexual contra niños, niñas y adolescencias?
Según el Código Penal de la Nación, una víctima de abuso sexual tiene hasta 12 años para iniciar un proceso judicial. A partir de la Ley Piazza, sancionada en el 2011, en el caso de menores de edad este plazo comienza a contarse desde que el o la denunciante cumple 18 años. Con la aprobación de la Ley de Respeto de Tiempos de las Víctimas en el 2015, el plazo de 12 años comienza a transcurrir desde el momento en que la víctima efectúa la denuncia.
A partir de estos avances en la legislación, hay interpretaciones cruzadas sobre los casos de abuso sexual que sucedieron antes del 2011 y 2015: Hay jueces que aplican las nuevas normas en todos los casos, pero hay otros que sólo lo hacen en casos posteriores a la sanción de las leyes. Básicamente, que el agresor sea condenado o no, tiene que ver con la voluntad de los jueces. Sin embargo, si se produce el sobreseimiento del acusado por prescripción no significa que sea inocente, sólo que los grises de la legislación permiten que esté en libertad. Las víctimas pueden recordar o comprender que sufrieron abuso, animarse a hablar y a denunciar mucho tiempo después de que haya sucedido. Para garantizar los derechos de las personas denunciantes, es importante que los casos de abuso sexual sean imprescriptibles.
¿Cuáles son los principales obstáculos que encuentran las víctimas a la hora de denunciar?
Backlash: Backlash quiere decir “contraofensiva”. Este término se usa para nombrar la “reacción” que se implementa contra profesionales que asisten a victimas de abuso sexual y que acompañan los proceso de denuncia. Se trata de “contradenuncias” a profesionales de la psicología, medicina y trabajo social que diagnosticaron el abuso. También de amenazas directas e indirectas, difamaciones y hostigamiento.
Síndrome de alienación parental: Este término, usualmente usado por la defensa de los agresores y sin ninguna base científica, considera que los niños y las niñas que revelan abuso sexual paterno sufren un “lavado de cerebro” por parte de uno de sus padres (en la práctica solo se aplica las madres que denuncian el abuso) para que tomen posición a su favor en un conflicto familiar. Según esta teoría, se utiliza la denigración contra un progenitor “bueno” para que el hijo o la hija crean que es violento.
Síndrome de falsas memorias: Esta teoría considera que la memoria es un proceso psicológico básico cuya principal característica es la de ser maleable, por lo que la influencia del entorno o de personas significativas en la vida de los niños y las niñas, pueden imponer recuerdos falsos en relación con cualquier situación, incluida la experiencia de abuso sexual.
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